(El resultado es orientativo y puede variar según la comunidad autónoma y el historial de donaciones a la misma entidad).
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Donante |
Importe |
Deducción |
Límite de deducción |
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Persona física |
Hasta 250 € |
80% |
10% de la cuota íntegra |
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Resto del importe |
40% |
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Donante recurrente* |
45% |
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Persona jurídica |
Todo el importe |
40% |
15% de la cuota íntegra |
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Donante recurrente* |
50% |
Nota importante
- Donante recurrente: se considera así a quien ha realizado donaciones a la misma entidad durante los dos años anteriores, por un importe igual o superior en cada ejercicio.
- Las deducciones están reguladas por el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, sobre régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.