Personas Físicas (IRPF) Porcentaje de deducción Primeros 250€ del 80%
“Conocer las deducciones aplicables a las donaciones que se realicen en favor de SUPERACCIO, como entidad acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002”
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) > 150€ el 45%
Límite deducción base liquidable 10%
Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) del 50%
Límite deducción base imponible 10%
A partir de esa cantidad la deducción será del 40% o del 45% si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos.
Donaciones en general 40%
Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos.
Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu DNI o NIF y domicilio.
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